Ley 21.659 de Seguridad Privada: guía para empresas
Qué cambió, quién está obligado, qué exige cada nivel de riesgo, cómo se acredita el personal y cuáles son los plazos y las multas. Explicado en simple.
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¿Qué es la Ley 21.659?
La Ley 21.659 de Seguridad Privada entró en vigencia el 28 de noviembre de 2025 y reúne en un solo cuerpo normativo reglas que antes estaban dispersas. Su objetivo es profesionalizar el sector y coordinar mejor la seguridad privada con la seguridad pública.
El cambio más visible es la autoridad: la Subsecretaría de Prevención del Delito (SPD) pasa a ser el ente regulador y fiscalizador, en lugar de Carabineros. La SPD autoriza a las empresas de seguridad, aprueba los estudios de seguridad, administra el Registro de Seguridad Privada y sanciona las infracciones.
¿Su empresa está obligada?
La ley deja de tratar a todas las organizaciones por igual. La autoridad clasifica a las entidades según su nivel de riesgo, considerando entre otros factores las actividades que desarrollan, su ubicación, el valor de los bienes que manejan y la concurrencia de público. Bancos, instituciones financieras, transporte de valores y otras actividades con manejo de efectivo están entre las entidades obligadas.
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Los tres niveles de riesgo
Guardias de seguridad y vigilantes privados
La ley distingue dos figuras. Los guardias de seguridad no están autorizados para portar armas y pueden contratarse en cualquier entidad. Los vigilantes privados sí están autorizados para portar armas de fuego, pero solo en entidades clasificadas de riesgo alto. Para la mayoría de las empresas, condominios y recintos, lo que corresponde son guardias de seguridad.
Acreditación y capacitación del personal
- Las personas que cumplen funciones de seguridad privada deben acreditarse ante la Subsecretaría de Prevención del Delito, y ya no ante Carabineros.
- Los guardias deben completar su curso de formación, un perfeccionamiento cada cuatro años y especializaciones según la actividad, por ejemplo eventos masivos o fútbol profesional.
- Desde el 28 de noviembre de 2025, la capacitación en seguridad privada solo puede impartirla un organismo inscrito como OTEC y autorizado por la Subsecretaría.
- Los jefes de seguridad deben tener título profesional.
Plazos de implementación
- 6 meses para que las entidades obligadas presenten sus estudios de seguridad iniciales.
- 1 año para la puesta en marcha del Registro de Seguridad Privada.
- 2 años para completar la evaluación de las entidades que ya estaban obligadas.
Multas
Las sanciones son graduales y van desde 0,5 hasta 13.500 UTM, según la gravedad de la infracción y el tipo de infractor.
Cómo le ayuda SCT Security
Somos una empresa autorizada en asesoría, recursos técnicos y recursos humanos. Eso nos permite acompañarlo en todo el proceso: evaluar su nivel de riesgo, elaborar el estudio de seguridad, implementar la tecnología que corresponda y operar con guardias acreditados, con un solo responsable.
Esta guía es informativa y resume los principales cambios de la ley; no reemplaza una asesoría para su caso. Fuentes: Subsecretaría de Prevención del Delito, La Tercera, SENCE y texto de la Ley 21.659. Actualizada el 8 de octubre de 2026.
Preguntas frecuentes sobre la Ley 21.659
¿Desde cuándo rige la Ley 21.659?
La Ley 21.659 de Seguridad Privada entró en vigencia el 28 de noviembre de 2025.
¿Quién fiscaliza ahora la seguridad privada?
La Subsecretaría de Prevención del Delito, que reemplaza a Carabineros (OS10) como autoridad que autoriza a las empresas, aprueba los estudios de seguridad, administra el Registro de Seguridad Privada y sanciona las infracciones.
¿Qué empresas deben tener un estudio de seguridad?
Las entidades que la autoridad clasifique de riesgo medio o alto. Las de riesgo alto además deben contar con un sistema de vigilancia privada completo.
¿Cuáles son las multas?
Las multas van desde 0,5 hasta 13.500 UTM, según la gravedad de la infracción y el tipo de infractor.
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